Posición jurídica del Fondo de Garantía Salarial en el proceso laboral: Art. 23 de la Ley de Procedimiento Laboral
Miguel Ángel Echezarreta Bedia
De qué va este platillo
El art. 23.1 de la Ley de Procedimiento Laboral (LPL) permite al Fondo de Garantía Salarial comparecer como parte en un procedimiento donde se decide un conflicto que ha surgido tan sólo entre un trabajador y su empresario, siendo como es, no obstante, un tercero procesal, como la propia Ley viene a reconocer. La mayoría de la Doctrina considera al Fondo de Garantía Salarial como un tercero procesal, si bien sólo como un interviniente subsidiario de una deuda empresarial, y que como tal sujeto procesal carece de cualquier iniciativa para su defensa, estando sujeto como mero coadyuvante a lo que determinen las partes, bien el demandante, bien el demandado.
La receta
| Editorial | Aula Magna Proyecto clave McGraw Hill |
|---|---|
| Materia (Thema) | Derecho · Derecho del trabajo |
| ISBN | 9788418392535 |
| Idioma | Español |
| Año | 2020 |
| Origen | España |
| Páginas | 348 |
| Tamaño | 16 × 23 cm |
| Peso | 600 g |
| Disponibilidad | En mesa |